A- de 2013
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Intervención de entes estatales o privados en torno a formulación, adopción e implementación de programa de política para solucionar problemática de usuarios del sistema de salud sobre m
- Intervención de entes estatales o privados en torno a formulación, adopción e implementación de programa de política para solucionar problemática de usuarios del sist
- Traslado a Ministerio de Salud y Protección Social de observaciones y propuestas presentadas por sociedad civil y grupos de seguimiento sobre ordenación y ranking de
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con este auto se imparten una serie de órdenes a varias autoridades gubernamentales, tendientes a verificar el cumplimiento de la orden vigésima de la sentencia T-760/08.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Ordenar a los senores Ministro de Salud y Proteccion Social y Superintendente Nacional de Salud que, conjuntamente y en un plazo no superior a quince (15) dias habiles, contados a partir del envio por correo electronico de los documentos presentados por los Grupos de Seguimiento, se pronuncien sobre todas y cada una de las observaciones y propuestas alli contenidas, en las condiciones dispuestas en las consideraciones num. 3 y 4 de este proveido. En el mismo termino, dichas autoridades rendiran los informes de que trata el num. 10 de este auto.
- Segundo. Ordenar a los senores Ministro de Salud y Proteccion Social y Superintendente Nacional de Salud que en la elaboracion del ranking 2014 de EPS e IPS se abstengan de incurrir en los mismos defectos que se atribuyen a la Ordenacion 2013, para lo cual tendran en cuenta las consideraciones num. 5 y 6 de esta decision.
- Tercero. Ordenar al Ministerio de Salud y Proteccion Social y a la Superintendencia Nacional de Salud que reporten a la Defensoria del Pueblo, el ultimo dia habil de noviembre de 2013 y sucesivamente hasta el 31 de marzo de 2014, las actividades con miras a la ordenacion de EPS e IPS 2014, para los fines de la consideracion num. 8 de esta providencia.
- Cuarto. Ordenar a la Defensoria del Pueblo que presente al Ministerio de Salud y Proteccion Social y a la Superintendencia Nacional de Salud las recomendaciones que considere pertinentes durante el proceso de elaboracion del ranking 2014, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de este auto. El resultado de su gestion sera informado a la Sala Especial el dos (2) de mayo de dicho ano.
- Quinto. Por Secretaria General de esta Corporacion expidanse las comunicaciones correspondientes, a las cuales adjuntara copia de este proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.